Convenio entre el Excelentísimo Ayuntamiento de Daimiel y la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel

En la ciudad de Daimiel, a 28 de Febrero de Dos Mil Cinco

 

REUNIDOS

                        DE UNA PARTE: EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE DAIMIEL, provisto del C.I.F. P/1303900 - C representado en este actos por el Ilmo. Sr. DON JOSÉ DÍAZ DEL CAMPO VILLANUEVA en su condición de Alcalde Presidente del mismo, asistido del Secretario del Ayuntamiento de Daimiel Doña Pilar Campillos

 

                        Y, DE OTRA PARTE: LA JUNTA DE HERMANDADES DE SEMANA SANTA DE DAIMIEL (Ciudad Real) asociación provista del C.I.F.  G- 13011960, domiciliada en la calle Estación Nº 8 de esta ciudad, representada en este acto por  DON FRANCISCO JAVIER GARCÍA SIMAL, mayor de edad, casado, arquitecto, natural de Madrid y vecino de Daimiel (Ciudad Real), con domicilio a efectos de la representación que ostenta en Calle Estación Nº 8 de Daimiel (Ciudad Real), provisto del Documento Nacional de Identidad Nº 5.636.695(Q), obrando en representación legal de la citada asociación religiosa en su calidad de Presidente.

MANIFIESTAN

             Que la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) tiene por objetivos en Daimiel, entre otros

            - Mantener y fomentar la conjunción de todos los actos de las Cofradías y Hermandades de Semana Santa de modo que, respetando las iniciativas de cada una de ellas, se logre una conjunción mutua, al mismo tiempo que su coordinación.

            - En la organización concreta de la Semana Santa, cuidar el carácter de los desfiles procesionales, a la vez que se fomenta su esplendor, dentro de una norma de respeto a la austeridad que históricamente ha mostrado.

            - Programar actividades religioso - culturales y culturales.

            - Ponerse al servicio del bien común, y procurará en la medida de sus posibilidades trabajar por la justicia.

 

            Que el Excelentísimo Ayuntamiento de Daimiel quiere fomentar la programación de eventos culturales y turísticos en Daimiel, colaborando con la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real).

            Por cuanto antecede

ACUERDAN

 

            Suscribir el presente CONVENIO para el periodo comprendido entre 2.005 y 2.007 en los términos que a continuación se establecen:

 

            1º El Excelentísimo Ayuntamiento de Daimiel subvencionará a la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) de la siguiente forma:

            * Año 2.005 .................................................................... 11.450,00 Euros

            * Año 2.006 .................................................................... 11.900,00 Euros

            * Año 2.007 .................................................................... 12.350,00 Euros

                        para patrocinar los siguientes conceptos:

            - Participación de Bandas de Música en los desfiles procesionales.

            - Programación de Exposiciones

            - Programación de Conciertos y otros eventos musicales.

            - Promoción del turismo.

            - Convocatoria de Concursos acordes con los objetivos previamente manifestados.

            Dicho importe deberá hacerse efectivo a la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) de la siguiente manera:

            50,00 % en los primeros 40 días naturales del año.

            50,00 % en los diez días siguientes al Domingo de Resurrección.

 

            2º El Excelentísimo Ayuntamiento de Daimiel facilitará las instalaciones municipales necesarias para que se puedan producir los eventos subvencionados u otros de similares características, de forma gratuita, de acuerdo al Plan de Uso de Instalaciones y Dependencias Municipales que el Ayuntamiento de Daimiel crea mas conveniente para hacer frente a las necesidades de otras asociaciones y a los intereses de la población.

Dicha cesión deberá ser solicitada durante los veinte primeros días del año en el que se desean celebrar, en el Registro General de este Ayuntamiento de Daimiel.

            La Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) se compromete a hacer un uso adecuado de las instalaciones y dependencias cedidas, respetar el equipamiento existente y realizar la actividad para la que ha sido solicitada, sin que exista ningún ánimo de lucro (sin que se pueda entender por este concepto el cobro de entrada simbólica para garantizar el orden y paliar costes de la misma) en la utilización de las instalaciones o dependencias cedidas.

 

            El Ayuntamiento de Daimiel trasladará a los servicios municipales que, en cada caso, resulten necesarios las siguientes peticiones para que sean ejecutadas en las fechas demandadas:

            * Funcionamiento del servicio de grúa municipal desde el Domingo de Ramos hasta el Sábado Santo (ambos incluidos)para retirar los vehículos que dificulten las procesiones.

            * Retirada de los contenedores de basura, cartón, papel, envases,.. de las calles que figuren como itinerario de las diferentes procesiones.

            * No se ponga micrófono para el canto de las “saetas” desde el balcón del Excmo. Ayuntamiento.

 

            3º En toda edición de cartelería, folletos, guías,... que  la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) edite con motivo de los eventos objeto del presente convenio, deberá aparecer el patrocinio del Ayuntamiento de Daimiel.

 

            4º Que la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) colaborará con la Concejalía de Cultura del Excelentísimo Ayuntamiento de Daimiel siempre que sea requerida dicha colaboración, y no contravenga lo estipulado en sus estatutos.

            5º Que la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) colaborará con el Patronato Municipal de Turismo de forma habitual y siempre que sea requerida dicha colaboración, y no contravenga lo estipulado en sus estatutos.

 

            6º Que la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) se hace responsable de cualquier accidente o lesión de las personas que no pertenecen al personal laboral del Ayuntamiento , así como de cualquier altercado que pudiera existir por ser públicas sus actividades para las que se solicita colaboración.

           

           

            El presente convenio se presentará automáticamente a revisión una vez haya expirado su periodo de vigencia tanto a la Junta Local de Gobierno del Excelentísimo Ayuntamiento de Daimiel como ante la Comisión Permanente de la Junta de Hermandades de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real) para su ratificación por otro trienio, aplicándose una revisión en la subvención de, al menos, el Incremento de Precios al Consumo Estadístico del año anterior.

 

            Y para que así conste a los efectos a que diera lugar, firmamos el presente documento, una vez leído y hallándolo conforme las partes, por su libre elección; el que se extiende por duplicado y a un sólo efecto, quedando un ejemplar del mismo en poder de cada una de las partes, en el lugar y fecha al principio consignados.

 

   Por  la Junta de Hermandades                                         Por el Excelentísimo        

 de Semana Santa de Daimiel (Ciudad Real)              Ayuntamiento de Daimiel (Ciudad Real)

 

 

      D. Francisco Javier García Simal                              D. José Díaz del Campo Villanueva